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¡En FINCAS PEREZ Y ASOCIADOS, estamos de cambios!

Hemos trasladado la oficina de la Calle Mare de Deu del Port nº 385 a nuestra nueva oficina en la calle Ferrocarriles Catalanes nº 117.

El objetivo es mejorar su experiencia y ofrecerles un entorno más cómodo y funcional.

¡Esperamos seguir contando con su confianza y poder atenderles en nuestras nuevas instalaciones!

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¿QUIERE OBTENER LA NUEVA INFORMACIÓN SOBRE LA NORMATIVA ASCENSORES?
¿Sabía usted que España es el primer país del mundo con más ascensores? El hecho de que España sea el país con más ascensores per cápita es un dato sorprendente y, al mismo tiempo, significativo. Con 20 ascensores por cada 1.000 habitantes, se subraya la importancia de este medio de transporte vertical en la vida cotidiana de los españoles. Este dato cobra aún más relevancia al considerar que España también es el cuarto país con mayor esperanza de vida en el mundo. Esto implica una mayor necesidad de ascensores para personas mayores, quienes se benefician enormemente de la existencia de estos dispositivos para su movilidad y calidad de vida.
Sin embargo, a pesar de la abundancia de ascensores, todavía existen más de un millón de edificios en España que carecen de ellos. Además, se estima que el 50% de los ascensores actualmente instalados tienen más de 25 años de antigüedad. Este envejecimiento del parque de ascensores plantea importantes desafíos en términos de seguridad y eficiencia. La antigüedad de los ascensores puede llevar a fallos mecánicos, problemas de seguridad y un mayor consumo energético, lo cual subraya la necesidad de actualización y mantenimiento constante.
En este contexto, la implementación de normativas estrictas sobre ascensores no solo es recomendable, sino esencial. La seguridad debe ser una prioridad en nuestro día a día, y los ascensores no son una excepción. Las nuevas normativas pueden garantizar que los ascensores sean seguros, eficientes y accesibles para todos, especialmente para las personas mayores. Invertir en la modernización y el mantenimiento de los ascensores es una inversión en la seguridad y el bienestar de la población. Por lo tanto, cumplir con las regulaciones más estrictas no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino una responsabilidad social que beneficia a todos.
Desde FINCAS PÉREZ, queremos destacar cuáles son las principales características que entendemos más importantes y que deben cumplirse a partir del 1 de julio de 2024, específicamente de aquellos ascensores que podemos estar controlando diariamente como sería los ascensores en edificios en Comunidades de Propietarios.
(Cabe destacar que dicha normativa regula muchos tipos de elevadores y ascensores);
Entre las OBLIGACIONES DE LOS ASCENSORISTAS existe el deber de tener un seguro de accidentes por el importe que según marca la nueva normativa. Deben elaborar un plan de mantenimiento por ascensor y tienen la obligación de reparar en un máximo de 24 meses los posibles daños que pueda tener el ascensor. La empresa mantenedora está obligada a la parada del ascensor si no cumple las normativas vigentes o tiene la inspección caducada. Solo la empresa mantenedora podrá manipular las cabinas en caso de parada.
Entre las OBLIGACIONES DEL TITULAR existen las siguientes normas; Deben disponer del manual de funcionamiento y registrar las posibles modernizaciones que se ejecuten en los ascensores (dicha información la pondrán junto con la empresa mantenedora contratada). El uso del ascensor solo se podrá llevar a cabo con un contrato de mantenimiento vigente. En caso de que el ascensor no cumpla las normativas, está obligado a solicitar la parada del aparato. El titular deberá avisar con urgencia a la empresa mantenedora en caso de parada con personas en el interior de la cabina.
Las principales características que se deberán cumplir a partir del 1 de julio será:
1- La parada de la cabina deberá cumplir una precisión y una velocidad mínima según marca la normativa (variador de frecuencia).
2-Ascensores con doble puerta automática deberán tener una fotocélula “en cortina”.
3-Deberán tener un teléfono en el interior del ascensor tipo línea Movistar o GSM.
4- Se deberá cumplir con el control de carga (por presión o con báscula) incluyendo una señal acústica en caso de sobrepasar dicho límite.
5-Los ascensores existentes, salvo aquellos catalogados como patrimonio histórico artístico, no han de tener guías de cabina o contrapeso que incorporen dispositivos paracaídas de tipos cilíndrica, de raíl o de madera.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cada cuantos años debo solicitar la inspección del ascensor? Las inspecciones en este tipo de ascensores se deberán llevar a cabo cada 4 años.
¿Quiero cambiar de empresa mantenedora, pero he pasado la inspección hace pocos meses, deberé volverla a pasar? Según la nueva normativa, tendrá que pasar la inspección antes incluso de haber efectuado el cambio de mantenedor.
¿La inspección caduca dentro de una semana, pero la empresa que va a efectuar la inspección no puede venir antes, eso significa que van a parar el ascensor? No precisamente, la nueva normativa indica que la empresa que efectuará la inspección debe hacerlo antes de los 3 meses desde la solicitud de la misma.
¿Quién debe solicitar la inspección del ascensor? Deberá solicitarla el titular.
Han venido a pasar la inspección del ascensor y tiene defectos graves, ¿pararán el ascensor? Lo más probable es que sí. Según la nueva normativa, el mantenedor está obligado a parar el ascensor en caso de resoluciones negativas de la inspección, sin excepciones.
Todavía tenemos defectos leves de la anterior inspección, ¿qué debemos hacer? Según la normativa vigente, indica que, la falta de reparación de cualquier defecto puede llevar a posibles multas, por ello, les recomendamos que antes de volver a pasar la siguiente inspección procedan a las reparaciones que falten.
¿Debo correr para pedir la inspección y cumplir con la nueva normativa? Es importante recordar que, aunque no es necesario cumplir de inmediato con la nueva normativa, prever y solucionar cualquier deficiencia de manera oportuna puede evitar sanciones y garantizar la seguridad de todos los usuarios del ascensor. Mantener una comunicación fluida y efectiva con la empresa de mantenimiento es clave para asegurarse de que el ascensor cumple con todas las normativas vigentes y que las inspecciones futuras se realicen sin contratiempos.
En resumen, actuar de manera proactiva no solo les permitirá estar preparados para la próxima inspección, sino que también contribuirá a mantener el buen funcionamiento y la seguridad del ascensor. Les animamos a que tomen las medidas necesarias desde ahora y se asesoren adecuadamente para evitar cualquier inconveniente futuro.
Esperamos que la información facilitada les pueda ayudar a guiarse y les recordamos que estamos a disposición de nuestros clientes para cuando lo necesiten.
¡Gracias!


Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.

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